El trabajador social desempeña un papel fundamental en el programa de protección familiar, contribuyendo al bienestar y desarrollo de individuos y familias en situación de vulnerabilidad. A continuación, se detallan las funciones, competencias y requisitos asociados a este importante rol.

Funciones del Cargo

El trabajador social dentro del programa de protección familiar tiene diversas responsabilidades, entre las cuales destacan:

  1. Participar en audiencias preparatorias y de juicio en los Tribunales de Familia cuando fuese necesario o en las causas de declaración de susceptibilidad de adopción.
  2. Elaborar los informes solicitados según las etapas y los plazos establecidos.

Competencias Requeridas

Para un desempeño efectivo, el trabajador social debe poseer una serie de competencias clave:

  1. [Lista de competencias no proporcionada en el texto original]

Requisitos Generales para el Cargo

El ingreso a la Administración Pública exige el cumplimiento de requisitos estipulados en el artículo 12 de la Ley Nº 18.834 sobre Estatuto Administrativo:

  • Ser ciudadano o extranjero poseedor de un permiso de residencia.
  • Haber cumplido con la Ley de reclutamiento y movilización, cuando fuere procedente.
  • Tener salud compatible con el desempeño del cargo.
  • Haber aprobado la educación básica y poseer el nivel educacional o título profesional o técnico que por la naturaleza del empleo exija la ley.
  • No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria.
  • No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por delito que tenga asignada pena de crimen o simple delito.

Sin perjuicio de lo anterior, tratándose del acceso a cargos de auxiliares y administrativos, no será impedimento para el ingreso encontrarse condenado por ilícito que tenga asignada pena de simple delito, siempre que no sea de aquellos contemplados en el Título V, Libro II, del Código Penal.(Cambio vigente desde el 15.10.2013, según Ley 20.702).

Además, no se debe estar afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo 54 de la ley Nº 18.575 Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado:

  • Tener vigentes o suscribir, por sí o por terceros, contratos o cauciones ascendientes a 200 UTM o más, con el Servicio.
  • Tener litigios pendientes con el Servicio, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.
  • Ser director, administrador, representante y socio titular del 10% o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendientes a 200 UTM o más, o litigios pendientes con el Servicio.
  • Ser cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo por afinidad inclusive de las autoridades y de los funcionarios directivos del Servicio hasta el nivel de Jefe de Departamento inclusive.

Proceso de Selección

El proceso de selección para el cargo de trabajador social en el programa de protección familiar consta de varias etapas:

  1. Análisis Curricular: Se evalúan la educación, formación y experiencias del postulante, relacionadas al perfil del cargo, basándose en los documentos adjuntos.
  2. Comisión Técnica: Se realiza una entrevista para evaluar la adecuación de aspectos técnicos del cargo.

Para postular, es necesario registrarse en el portal correspondiente, completar el Currículo Vitae y adjuntar los documentos solicitados.

Consideraciones Legales

Es importante tener en cuenta el Artículo 403 bis, que se refiere al maltrato a menores de dieciocho años de edad, adultos mayores o personas en situación de discapacidad:

"El que, de manera relevante, maltratare corporalmente a un niño, niña o adolescente menor de dieciocho años, a una persona adulta mayor o a una persona en situación de discapacidad en los términos de la ley N° 20.422."

Restricciones de Participación en el Programa

Existen ciertas restricciones para participar en el programa:

  • No podrán acceder al programa aquellas personas que egresaron de este programa (hasta 5 años anteriores a la postulación).
  • Tampoco podrán participar aquellos que participan paralelamente en otros programas de empleo administrados por la Subsecretaría del Trabajo.

El programa Servicios Sociales no es un programa postulable. El Ministerio de Desarrollo Social y Familia define las nóminas de potenciales participantes del Subsistema Chile Seguridades y Oportunidades que son invitados a participar.

Beneficios Adicionales

El programa ofrece:

  • Capacitación en los componentes de competencias laborales y de empleabilidad y de capacitación en oficio.
  • Movilización y colación a los participantes durante el período de capacitación y práctica laboral.

TAG: #Empleo #Trabaja #Trabajador

Lea también: