La oferta de servicios de embellecimiento de rostro, cuerpo y piel es variada y creciente, impulsada por la necesidad de verse bien. Inyecciones de bótox, ácido hialurónico y plasma rico en plaquetas, así como el fotorrejuvenecimiento y la radiofrecuencia (tripolar y bipolar), son solo algunas de las alternativas promocionadas en internet y redes sociales.
Estos servicios, más ligados al área de la medicina estética, se confunden con procedimientos cosmetológicos, generando preocupación sobre su regulación.
La Necesidad de Regulación
"Se están inyectando sustancias biológicas, como plaquetas y ácido hialurónico, y eso muchas veces se efectúa sin control. Nos parece relevante limitar la diferencia entre la cosmetología y la medicina estética", señaló la subsecretaria de Salud Pública, Paula Daza.
El Ministerio de Salud (Minsal) presentó un reglamento a consulta pública dentro del Código Sanitario, buscando "regular el funcionamiento de los establecimientos de estética, cosmetología, embellecimiento corporal y otros servicios de similar naturaleza". El objetivo es aumentar las exigencias sanitarias para que estos centros puedan funcionar adecuadamente.
Situación Actual y Propuesta del Minsal
Actualmente, no existe un decreto unificado de autorización sanitaria para el funcionamiento de estos establecimientos. "En estos momentos, un cosmetólogo puede inyectar ácido hialurónico, porque el reglamento no establece límites. Pero cualquier procedimiento invasivo, que requiera la infiltración de agujas, no es razón de la cosmetología, sino que de la medicina", explicó Daza, añadiendo que la normativa vigente "es muy general".
La normativa actual define a un cosmetólogo como una persona que puede realizar procedimientos para el embellecimiento, modificación del aspecto físico o conservación de las condiciones físicas de la piel, o atenuar imperfecciones.
La propuesta del Minsal busca unificar tres reglamentos existentes en un solo decreto, añadiendo reglas más estrictas. Actualmente, existe más de un reglamento, uno de ellos establece las funciones de la cosmetología; otro habla de las instituciones de belleza, el cual se refiere de manera general a estos establecimientos sin especificar si se trata de una peluquería o de un centro de estética, y una tercera normativa establece los requisitos desde el punto de vista sanitario, como la higiene e instrumentos esterilizados, entre otros, pero no una autorización para funcionar sanitariamente.
Entre las nuevas reglas, se establece que los centros de estética solo podrán realizar procedimientos no invasivos, es decir, netamente externos, y que deberán tener autorización sanitaria para efectuarlos.
Otro punto fundamental es que cada establecimiento cosmetológico deberá tener por lo menos un profesional de salud a cargo de indicar los procedimientos a realizar. "Si bien algunos no están realizando procedimientos invasivos propiamente tales, tienen un efecto en la salud", dijo Daza.
La iniciativa establece explícitamente las diferencias entre los procedimientos médicos y los netamente estéticos.
Claudia Piper, dermatóloga y coordinadora del grupo de trabajo de dermatocosmética de la Sociedad Chilena de Dermatología, explicó que esta modificación es fundamental.
TAG: #Empleo

