En Chile, al igual que en muchos otros países, existen diferentes tipos de remuneraciones que conforman el ingreso de los trabajadores. El artículo 41 del Código del Trabajo explica qué son las remuneraciones laborales. Sobre el pago de remuneraciones, la Dirección del Trabajo considera que, en conjunto con la asignación de labores, consiste en una obligación fundamental para que se consolide una relación laboral. Para pagar lo justo y cumplir con las leyes laborales chilenas, la mayor parte de las empresas opta por incorporar un software de remuneraciones.
Tipos de Remuneraciones
El artículo 42 del Código del Trabajo enumera y define algunos tipos de remuneraciones. De esta manera, aun cuando las partes le den otra denominación, será sueldo todo pago que reúna los requisitos mencionados.
- Sueldo base: Consiste en un compromiso financiero fijo y periódico de carácter obligatorio que se abona al trabajador por concepto de los servicios prestados. El sueldo base es el monto inicial de una liquidación de sueldo.
- Sobresueldo: Corresponde a la remuneración de las horas extraordinarias de trabajo, explicadas con anterioridad en el segmento de clasificación de remuneraciones. Las horas extraordinarias se pagan con un recargo del 50% sobre el sueldo convenido para la jornada ordinaria y deben liquidarse y pagarse conjuntamente con las remuneraciones ordinarias del respectivo período.
- Comisiones: Para que una remuneración sea calificada como comisión debe reunir la característica esencial de ser una suma porcentual calculada sobre el valor de las ventas o compras, o sobre el monto de otras operaciones que realice la empresa con la colaboración del trabajador.
- Participación: Se entiende como el pago en "proporción de las utilidades de un negocio determinado o de una empresa o sólo de la de una o más secciones o sucursales de la misma". Esta es la proporción en las utilidades, ya sea de un negocio, una empresa o alguna sucursal.
- Gratificaciones: Se refiere a aquellas utilidades con que el empleador beneficia el sueldo del colaborador. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 del referido Código, los empleadores que obtienen utilidades líquidas en su giro al término del año, tienen la obligación de gratificar anualmente a sus trabajadores.
Sueldo Bruto vs. Sueldo Líquido
Si sigues en tu proceso de aprender y entender más sobre las remuneraciones de los trabajadores de tu negocio, es importante que sepas lo que significa el sueldo bruto. En este artículo, te explicaré todo sobre el sueldo bruto para que entiendas cómo se diferencia de los demás (es crucial).
¿Qué es el sueldo bruto?
Es la suma total del sueldo base más el total de haberes y asignaciones. En otras palabras, es el sueldo del trabajador antes de los descuentos legales.
¿Qué es el sueldo líquido?
También se le conoce como sueldo neto y es un subproducto del sueldo bruto y del sueldo base. Lo calculas descontando las cotizaciones previsionales (plan de salud en la Isapre o Fonasa, AFP y Seguro de cesantía), así como impuestos, ausencias, y descuentos legales, los que podemos agrupar como haberes legales. Todos los otros descuentos voluntarios y acordados con tus colaboradores que no exija la ley son adicionales.
Como te habrás dado cuenta, el sueldo bruto es el que pagas antes de restar las retenciones legales y los impuestos. Por ejemplo, si pagas $814.130 mensuales, ese es el salario bruto. Si a este monto se le descuentan impuestos, salud y pensión, entre otros que pueden ser aproximadamente de $122.119, según estos cálculos el sueldo líquido para esta persona será de $692.010. Sueldo bruto $814.130 - retenciones $122.119 = sueldo líquido $692.010.
Descuentos del Sueldo Bruto
Los principales descuentos que se le hacen al sueldo bruto son:
- Seguridad social del empleado:
- Cotización previsional (AFP): es un ahorro para la jubilación del empleado y equivale al 10% del salario mensual más la comisión que cobra la AFP.
- Plan de salud (Isapre o Fonasa): equivale al 7% del total del sueldo imponible.
- Cotización Voluntaria y Cuenta de Ahorro (AFP o APV): se refiere a un ahorro previsional que el empleado hace de manera voluntaria y que se descuenta de su salario mensual si así lo quiere.
- Seguro de Cesantía: es un seguro de la AFC en caso de desempleo. Para este el empleado con contrato indefinido, tiene que aportar el 0,6% de su remuneración imponible. Si fuera contrato fijo, tu como empleador debes asumir el 3% de la remuneración de tu colaborador.
- Impuesto sobre la renta o Impuesto Único de Segunda Categoría: Se trata de un impuesto mensual que se aplica a pensionados y trabajadores dependientes que no tienen más ingresos que su trabajo.
- Otros:
- Ausencias injustificadas
- Préstamos
- Cuotas sindicales
¿Cómo calcular el sueldo líquido?
Cuando hagas tu liquidación de sueldo, comienzas sacando el sueldo bruto. Es el monto que acuerdas pagarle a tu trabajador antes de los descuentos legales y los adicionales.
Cuando saques esta suma, tienes que tener en consideración la semana corrida; si tu colaborador recibe un sueldo por día hábil trabajado igual tiene derecho a recibir remuneración por los días domingo y festivos. La semana corrida comprende todos los días de remuneraciones y las divides por el número de días que el trabajador debió laborar a la empresa. Este resultado es lo que deberás pagar por el domingo y por cada festivo de cada semana. Aplica también para los salarios mensuales y variables, tales como comisiones o trato.
Al sueldo bruto (el monto antes de los descuentos legales obligatorios y voluntarios) le descuentas las cotizaciones previsionales:
- Salud (7%)
- AFP (10%)
- Seguro de Cesantía (3%)
El monto resultante se llama monto afecto a impuesto. De este descuentas:
- Impuesto Único de Segunda Categoría
- Días ausentes
- Horas extra
- Descuentos adicionales
- Cualquier otro monto que hayas acordado con el trabajador
¡Una vez que restes estos números, tendrás el sueldo líquido!
Otros Tipos de Sueldos
- Sueldo mínimo: Es el ingreso mínimo mensual que por ley deben recibir todos los trabajadores mayores de 18 años que laboran a jornada completa en Chile. Gracias a la nueva Ley N° 21.456 desde el 1 de enero del 2023 este corresponde a $410.000 mensuales.
- Sueldo fijo: Es un tipo de salario que es periódico, estable en tiempo, por ende no varía bajo ninguna circunstancia. Puede ser semanal, quincenal, o mensual.
- Sueldo variable: Es un tipo de ingreso salarial cuyo monto puede variar según parámetros o indicadores relacionados con el trabajo del empleado.
Importancia de Calcular Bien el Sueldo Bruto
Es importante tener claridad sobre este monto no solo para mantener una buena relación con los empleados, sino también para llevar una administración financiera adecuada de la empresa y para cumplir con los requisitos que la ley nos exige. El sueldo bruto es una cuenta por pagar y como tal debe aparecer claramente en tu balance general cada mes.
Un sueldo bruto correcto permite apoyar a los trabajadores que postulan a subsidios del Estado como el Ingreso Mínimo Garantizado (IMG) y actualizar sus fichas en el Registro Nacional de Hogares. Cuando contratas trabajadores nuevos, el sueldo bruto es uno de los datos que estos necesitan para postular al IFE Laboral, un aporte económico que incentiva a las empresas contratar.
Los inspectores de la Inspección del Trabajo revisarán tus cálculos de sueldo bruto cuando te fiscalicen si reciben un reclamo o demanda laboral en contra de tu empresa.
La Semana Corrida
En lo que dice relación con la semana corrida, debe señalarse que esta es una remuneración que sirve para remunerar los días domingos y los festivos en que el trabajador no presta servicios, o bien, los días de descanso compensatorio por el domingo y festivos laborados en el caso de los trabajadores que realizan alguna labor exceptuada del descanso en días domingos y festivos. En efecto, si el trabajador tiene como remuneración una suma mensual única y de monto fijo se entiende que el pago de los días domingos y festivos o de los días de descanso compensatorio está incluido dentro de ella.
El artículo 45 del Código del Trabajo establece que el trabajador remunerado exclusivamente por día tiene derecho a la remuneración en dinero por los días domingo y festivos, la que equivale al promedio de lo devengado en el respectivo período de pago, el que se determina dividiendo la suma total de las remuneraciones diarias devengadas por el número de días que legalmente debió laborar en la semana.
Periodicidad del Pago
Por la importancia que reviste para el trabajador la remuneración el legislador ha regulado la periodicidad con que debe ser pagada. El artículo 55 del Código del Trabajo dispone que se pagará con la periodicidad estipulada en el contrato, pero los períodos que se convengan no podrán exceder de un mes.
Asignaciones No Consideradas Remuneración
Precisado por el artículo 41 del Código del Trabajo el concepto de remuneración, el inciso 2º, del mismo precepto legal, realiza una enumeración taxativa de las asignaciones que no constituyen remuneración. La asignación de pérdida de caja, que tienen por objeto resarcir a los cajeros de posibles pérdidas, hurtos o extravíos de dinero; y la asignación de desgaste de herramientas, cuya finalidad es reponer al trabajador el valor de sus herramientas disminuidas por el uso que han tenido al servicio del empleador, presentan un carácter eminentemente indemnizatorio.
La asignación de movilización y colación presentan un carácter compensatorio, toda vez que tienen por objeto cubrir los gastos en que incurre el trabajador para ir y volver del trabajo, y los gastos que debe efectuar para su alimentación, respectivamente. El viático puede ser definido como la suma de dinero de monto razonable y prudente que los empleadores pagan a los trabajadores a fin de que éstos solventen los gastos de alimentación, alojamiento y traslado en que incurran con motivo del desempeño de sus labores, siempre que para dicho efecto deban ausentarse del lugar de su residencia habitual.
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