Queremos que realices tus trámites y consultas de forma rápida, cómoda y sin la necesidad de salir de tu casa. Con esta clave podrás ingresar a tu sitio privado para estar al tanto de tus ahorros, modificar tus datos, descargar certificados o realizar transacciones. Solicítala si es la primera vez que accedes al sitio o si necesitas recuperarla. Por favor, ingresa tu RUT y sigue las instrucciones.
Si dentro de 2 minutos aún no te llega el mensaje de texto con tu clave, es posible que tu número no esté habilitado para recibir mensajería automatizada.
Actualizaciones Importantes sobre Formularios de AFP
Es fundamental estar al tanto de las actualizaciones en los formularios de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP). A continuación, se detallan algunas modificaciones importantes:
- Solicitud de Pensión de Vejez, Invalidez y Adicional: La Norma de Carácter General Nº 27, de fecha 7 de noviembre de 2011, reemplazó estos formularios.
- Dictamen de Invalidez: La misma Norma de Carácter General Nº 27 reemplazó el Dictamen de Invalidez - Trabajador Afiliado, el Dictamen de Invalidez - Beneficiario de Pensión de Sobrevivencia, el Dictamen Modificatorio y el Dictamen de Reevaluación.
- Solicitud de Cambio de Modalidad de Pensión: Este formulario también fue reemplazado por la Norma de Carácter General Nº 27.
- Ficha de Cálculo: Los formularios de Ficha de Cálculo fueron reemplazados inicialmente por la Norma de Carácter General Nº 27, y posteriormente, por la Norma de Carácter General Nº 48, de fecha 29 de mayo de 2012.
- Certificado de Saldo: El contenido del certificado de saldo deberá ajustarse a la situación particular del afiliado, de modo de facilitar la comprensión de este documento por parte del mismo. Estos certificados fueron reemplazados por la Norma de Carácter General Nº 48, de fecha 29 de mayo de 2012.
- Comprobante de Pago de Pensiones: Este comprobante fue modificado por la Norma de Carácter General Nº 23, de fecha 07 de octubre de 2011. Posteriormente fue reemplazado por la Norma de Carácter General N° 119, de fecha 11 de julio de 2014.
- Solicitud de cuota mortuoria: El formulario Solicitud de cuota mortuoria fue modificado por la Norma de Carácter General N° 153, de fecha 11 de septiembre de 2015.
Transferencia de Fondos y Multifondos
Puedes transferir fondos desde tu Cuenta de Capitalización Individual (Cta. C.I.) a otros tipos de fondos. O si prefieres puedes distribuir tu dinero entre dos de los cinco multifondos, con el porcentaje que desees. Revisa el estado de tus solicitudes.
Formularios Únicos de Notificación (F.U.N.) y su Recepción
Las Instituciones de Salud Previsional (ISAPRES) deben cumplir con el artículo 184 del D.F.L. N° 1, DE 2005, DEL Ministerio de Salud.
Recepción y Procesamiento de F.U.N.:
- Los F.U.N recibidos dentro del plazo legal establecido en el art. 184 del D.F.L. N° 1, DE 2005, DEL Ministerio de Salud, es decir dentro de los 9 primeros días del mes, pero después del cierre interno de la AFP, serán debidamente recepcionados por las Administradoras.
- No obstante lo anterior, la nueva cotización sólo se efectuará al mes siguiente a aquél que se indica en el F.U.N, oportunidad en la que se realizarán los descuentos del diferencial entre la nueva y la antigua cotización más el descuento correspondiente a la nueva cotización.
- Los F.U.N. presentados con posterioridad al día 9 del mes que se trata, esto es, fuera del plazo señalado en el art.184 del D.F.L., serán rechazados.
Reconociendo dicha causal de fuerza mayor, no corresponde que se apliquen a las AFP las sanciones del inciso 5° del artículo 185 y lo señalado en el artículo 186, ambos del D.F.L.
Motivos de Rechazo de F.U.N.:
Los Formularios Únicos de Notificación que presenten datos erróneos, específicamente en relación a la identificación del cotizante, su R.U.T, datos numéricos y a la denominación de la razón social de la AFP y R.U.T de la misma, entre otros, serán rechazados por las Administradoras, dejando constancia de los motivos que originaron el citado rechazo, al reverso del formulario. También serán motivo de rechazo del F.U.N.
En tales situaciones, las ISAPRES deberán permitir a las referidas AFP, estampar la fecha, el timbre de la Administradora y una constancia escrita de la(s) causa(les) de rechazo al reverso del respectivo F.U.N.
Para conocimiento y fines que estime pertinentes, en especial, la oportuna notificación de los F.U.N.
TAG:

