El Fondo de Cesantía Solidario (FCS) es un fondo de reparto, creado por la Ley No 19.728, financiado con aporte del Estado y del empleador para otorgar prestaciones por cesantía, en caso de que los recursos del trabajador en su cuenta individual sean insuficientes y, las demás que establece la ley.
Requisitos para Acceder al Fondo de Cesantía Solidario
Es muy importante que, al momento de tramitar su Seguro de Cesantía, revise si cumple con los requisitos para acceder al Fondo de Cesantía Solidario. Este es un requisito para acceder al Fondo de Cesantía Solidario y sus beneficios.
- Registrar 10 cotizaciones mensuales en el FCS desde la afiliación al Seguro o desde el último giro a que hubiese tenido derechos conforme a esta ley, en los últimos 24 meses anteriores contados al término del contrato.
¿Qué hacer si el sistema indica que no cumples los requisitos?
Si el sistema indica que no cumples con los requisitos de ingreso, pero consideras que sí los cumples, te recomendamos contactar a SENCE a través de la Plataforma de Ayuda. Allí podrás ingresar una solicitud de revisión, adjuntando los antecedentes que respalden tu situación, por ejemplo, Comprobante de cobro del Fondo de Cesantía Solidario, entre otros.
Beneficios del Fondo de Cesantía Solidario
Al acceder al Fondo de Cesantía Solidario, el beneficiario tiene derecho a cobrar 5 giros si su contrato es Indefinido y 3 giros si es a Plazo Fijo.
Seguro de Cesantía: Información General
Como afiliado(a), usted tiene derecho a cobrar el Seguro de Cesantía con cargo a su Cuenta Individual de Cesantía (CIC) y/o al Fondo de Cesantía Solidario (FCS). En ambos casos, debe cumplir con los respectivos requisitos.
Los pagos se realizarán con los recursos de la Cuenta Individual de Cesantía (CIC) de cada trabajador(a) afiliado(a) al Seguro de Cesantía. Cuando se agotan los fondos de la Cuenta Individual de Cesantía (CIC), los giros pasan a ser financiados por el Fondo de Cesantía Solidario (FCS), siempre y cuando el(la) afiliado(a) cumpla con los requisitos de este beneficio.
Además AFC traspasará su cotización previsional correspondiente al porcentaje del monto de sus pagos del Seguro de Cesantía. Si usted se encuentra acogido(a) tanto a la Cuenta Individual como al Fondo de Cesantía Solidario, AFC pagará automáticamente la AFP considerando la cotización previsional correspondiente al 10,10% del monto de los pagos del Seguro de Cesantía.
El Seguro de Cesantía se financia con el 3% de las remuneraciones imponibles de cada afiliado(a). Desde el 1 de octubre de 2020, el empleador seguirá pagando el 4,11% de la remuneración imponible, sin distinguir la duración del contrato. El 3% irá al Seguro de Cesantía, administrado por AFC Chile.
La única diferencia está en el valor de la cotización previsional, que en el caso de los(as) trabajadores(as) corresponde a un 4,11% de la remuneración pactada en el contrato de trabajo, la que debe ser pagada por el(la) empleador(a) en su totalidad.
¿Cómo solicitar el Seguro de Cesantía?
Si cumple con los requisitos, solicite su Seguro de Cesantía en la Sucursal Virtual de afiliados. Al ingresar, el sistema le mostrará su saldo y validará si puede optar al cobro de su Seguro de Cesantía. También puede cobrar el Seguro de Cesantía en las sucursales de AFC Chile.
Una vez que el(la) afiliado(a) envía la solicitud a través del sitio web, recibirá la respuesta de aprobación o rechazo de parte de AFC Chile en un plazo de 4 días hábiles. Una vez cumplidos los 30 días, la solicitud entrará al proceso de pago más próximo que se realiza todos los jueves. La solicitud entrará al proceso de pago más próximo que se realiza todos los jueves.
Se puede optar por una transferencia bancaria a una Cuenta Corriente, Cuenta RUT o Cuenta Vista.
Causales de Suspensión del Pago
El pago del beneficio también se suspende en caso de no cumplir con la certificación de la Bolsa Nacional de Empleo (BNE), que es una condición obligatoria al optar por el Fondo de Cesantía Solidario para el financiamiento de su Seguro de Cesantía. La certificación en la Bolsa Nacional de Empleo es obligatoria y su incumplimiento es causal de no pago del beneficio.
AFC debe haber recibido una cotización de parte de su empleador o ex empleador, después de haber cesado su relación laboral. Para solucionar esta situación usted debe presentar un documento llamado Certificado Aclaratorio.
Giros Adicionales por Alta Cesantía
Se habla de alta cesantía cuando ocurre la siguiente situación: la Tasa Nacional de Desempleo supera en un 1% la tasa promedio de los últimos 4 años. En estos casos, si permanece cesante y ya recibió todos sus pagos del FCS, podría cobrar 2 pagos adicionales. En el caso de estar recibiendo el Seguro de Cesantía con cargo al Fondo de Cesantía Solidario, se activará un 6° y 7° giro cuando la tasa de desempleo reportada por el INE supera en un punto porcentual a la tasa de desempleo promedio de los últimos 4 años.
Programa de Capacitación: Becas Fondo de Cesantía Solidario
¿En qué consiste el programa de capacitación Becas de Capacitación para beneficiarios del Fondo de Cesantía Solidario?
Requisitos para postular a un curso de capacitación:
- Estar cesante y ser beneficiario/a activo/a del Fondo de Cesantía Solidario al momento de la postulación.
- Bolsa Nacional de Empleo (BNE): debe tener activa su cuenta en la BNE y aceptar oportunidades laborales y de capacitación. Una vez que reciba el correo de BNE, active su cuenta dentro de 96 horas. Recibirá ofertas laborales y de capacitación en su correo electrónico o SMS.
Beneficios del programa de capacitación:
- Instrumento habilitante o referencial, en los casos que corresponda.
¿Cómo postular a un curso de capacitación?
La postulación a un curso de su elección será en línea, en la página web www.sence.cl o directamente AQUÍ.
Evaluación de la postulación:
Los datos proporcionados durante la postulación serán verificados por SENCE a través de su plataforma. Este proceso consiste en validar su información con distintas instituciones públicas, tales como el Registro Civil e Identificación, la AFC (Administradora de Fondos de Cesantía) y la BNE (Bolsa Nacional de Empleo), con el fin de confirmar que se cumplan los requisitos establecidos.
Consideraciones adicionales sobre los cursos:
- ¿Qué sucede si el curso de mi interés ya no tiene cupos disponibles? Podrá seleccionar otro curso con un mismo o diferente ejecutor. Podrá matricularse hasta agotar cupos disponibles.
- ¿Si ya me matriculé en un curso, puedo cambiarme a otro? No.
- ¿A cuántos cursos puedo acceder del programa? Cada participante podrá realizar sólo un curso por año.
- ¿Puedo participar del programa si me encuentro realizando otro curso en Sence? No. No podrán postular aquellas personas que estén participando de cualquier componente de algún curso de capacitación financiado por Sence o ya inscritos o realizando la Fase de Práctica Laboral en cualquiera de los programas administrados por Sence.
- ¿Puedo acceder a los contenidos del curso? Sí. Es obligación de la institución ejecutora del curso informar al respecto, por lo que puede solicitar el Plan Formativo de éste para conocer sus contenidos, horas de duración, perfil de los facilitadores y otros aspectos de relevancia.
- ¿Sence entrega algún documento que acredite la realización del curso? En la medida que apruebe el curso, Sence entregará un diploma que acredite la capacitación.
¿Dónde recurrir en caso de problemas con el curso?
Para consultas o dudas, acceda a los canales de atención disponibles en la Plataforma de Ayuda mediante el siguiente enlace: AQUÍ.
Información Adicional
- ¿Dónde puedo recurrir si requiero más información acerca del Seguro de Cesantía? Más información en www.afc.cl.
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