Según la Dirección del Trabajo, un finiquito es un acto mediante el cual un trabajador y un empleador ratifican o aprueban ante un Ministro de Fe el término de la relación laboral y su acuerdo con lo estipulado en un documento escrito denominado finiquito. En este documento, la empresa debe otorgar un pago o remuneración final.

Es un proceso que trae muchas preguntas, ya que hay que incorporar varios factores a la hora de generarlo y pagarlo. Antes de pagarlo, se debe considerar si fue una renuncia o un despido, la causa del despido, si hubo o no aviso, entre otras.

Un finiquito debe pagarse dentro de los 10 días posteriores a la desvinculación, sea cual sea el caso. El finiquito debe ser firmado bajo acuerdo de las dos partes. El empleador debe estar al día con el pago de las cotizaciones previsionales, de salud y cesantía del colaborador.

Una vez que se finaliza el contrato, se deben pagar los haberes por consecuencia del término del contrato que se estipulan en el finiquito. Se refiere a todos aquellos días que se prestó servicio y no han sido o fueron remunerados. Para hacer este cálculo es importante considerar los días feriados otorgados legalmente por año de servicio, los días proporcionales trabajados y los días corridos.

Componentes Clave del Finiquito

El cálculo del finiquito implica la suma de diferentes elementos. A continuación, se detallan los componentes esenciales:

  1. Remuneraciones Pendientes: Se refiere a todos aquellos días que se prestó servicio y no han sido o fueron remunerados. Es el sueldo pendiente por los días trabajados. En este caso lo que se hace es dividir el sueldo bruto (total haberes) del trabajador en 30 y multiplicarlo por los días trabajados. Este punto es obligatorio en el cálculo del finiquito y cualquiera sea la causal de despido es obligación por parte del empleador pagar al trabajador lo adeudado por concepto de remuneración.
  2. Vacaciones Anuales: Es la compensación de los días feriados otorgados al colaborador por el servicio entregado durante sus años de trabajo bajo contrato. En otras palabras, corresponde a una compensación de 15 días de vacaciones que se obtienen al año de trabajo. Esto quiere decir que si una persona no se ha tomado vacaciones por dos años y es finiquitado, se le deben pagar 30 días de vacaciones. La cifra obtenida será el número total de días hábiles feriados que le corresponden compensar al colaborador.
  3. Feriados Proporcionales: Si un empleado no alcanzó a completar un año de servicio, tiene derecho a recibir una indemnización proporcional respecto al tiempo que trabajó. El monto de feriado proporcional se calcula inicialmente al dividir el número de días feriados a los que tiene derecho un trabajador durante el año (15) por el número de meses (12), resultando 1,25. Esta cifra se debe multiplicar por el tiempo en meses que trabajó el empleado entre el momento en que completó un nuevo año de servicio y su fecha de despido y por el monto diario de sus remuneraciones.
  4. Indemnización de Aviso Previo: Corresponde a la indemnización que debe pagar el empleador si no dio aviso del término del contrato con al menos 30 días de anticipación. Es equivalente a la última remuneración completa, con tope de 90 UF. En el caso que se cumpla se debe pagar sueldo base + comisiones + gratificación + colación + movilización. Si se tiene sueldo variable el calculo de la comisión es el promedio de las comisiones de los últimos 3 meses.
  5. Indemnización por Años de Servicio: Según la Dirección del Trabajo, el derecho de indemnización "se origina cuando el empleador pone término al contrato de trabajo invocando las causales de los incisos 1º y 2º del artículo 161 del Código del Trabajo, esto es, necesidades de la empresa, establecimiento o servicio y desahucio". Solo con estas causales es que es válido el derecho de una indemnización por parte de la empresa al colaborador. La indemnización considera 30 días de la última remuneración mensual por cada año de servicio y fracción superior a 6 meses prestados continuamente al empleador. El monto de la indemnización tiene un tope de 90 UF en base al sueldo del trabajador y un tope de 330 días, o sea 11 meses. Esto no aplica para aquellas personas contratadas antes del 14 de agosto de 1981.
  6. Indemnización de Tiempo Servido: La indemnización de tiempo servido es un derecho a un pago en dinero para los contratos que terminan por la causal del artículo 159 N° 5 - Conclusión del trabajo que dio origen al contrato (obra o faena). Este pago es equivalente a 2.5 días de la última remuneración por cada mes y fracción superior a 15 días trabajado.

Ejemplo Ilustrativo del Cálculo del Finiquito

Como ejemplo ilustrativo, se utilizará a un trabajador con un sueldo mensual de $600.000:

  • Remuneraciones pendientes: Si el trabajador laboró 10 días antes de ser despedido, se le deben $200.000.
  • Indemnización de aviso previo: Si no se le avisó con 30 días de anticipación, se le deben $600.000.
  • Indemnización por años de prestaciones: Si trabajó 5 años y 2 meses, se consideran 5 años, lo que implica el pago de $3.000.000.
  • Vacaciones anuales: Asumamos que no acumuló días pendientes.
  • Feriados proporcionales: Se calcula en $50.000.

De esta forma, al calcular finiquito total del trabajador, el resultado corresponde a $3.850.000. ($200.000+$600.000+$3.000.000+$50.000)

Consideraciones Adicionales

  • Tope de 90 UF: La remuneración mensual que se considera para el cálculo tiene un límite de 90 UF.
  • Máximo de 11 años de servicio: La indemnización solo considera hasta 11 años de antigüedad.
  • Pago en cuotas: Sí, pero solo si tú y el empleador están de acuerdo. El pago en cuotas debe quedar claramente estipulado en el finiquito.
  • Vacaciones acumuladas: Sí. Si tienes vacaciones acumuladas, estas deben ser pagadas en tu finiquito junto con las indemnizaciones correspondientes.
  • Condiciones especiales: La empresa está obligada a pagarte la indemnización por años de servicio solo si completaste un año de trabajo.

¿Cómo debe pagarse la indemnización por años de servicio al trabajador que fue contratado cuando el beneficio indemnizatorio tenía un límite inferior al actual?

Aquel trabajador que fue contratado cuando el máximo o tope de indemnización por años de servicio era inferior al actual, es decir, después del 14 de agosto del año 1981 y antes del 01 de diciembre de 1990, tiene derecho al pago del tope actual, que es de 11 años o 330 días.

La forma de pago de la indemnización por años de servicio para dichos trabajadores al momento de firmar el finiquito debe hacerse pagando un total de 5 meses de una sola vez. Los meses restantes, esto es, 6 meses, pueden ser pagados en cuotas mensuales, seguidas y debidamente reajustadas. Esta forma de pago debe dejarse escrita en el finiquito, determinando el monto total a pagar y las cuotas correspondientes y fecha de pago.

El artículo 163 del Código del Trabajo establece que si el contrato de trabajo hubiere estado vigente un año o más y el empleador le pusiere término de conformidad al artículo 161 del Código del Trabajo, esto es, por necesidades de la empresa, establecimiento o servicio o por desahucio, deberá pagar al trabajador la indemnización por años de servicio que hubieren pactado contractualmente y de no existir tal pacto la equivalente a 30 días de la última remuneración mensual devengada por cada año de servicio y fracción superior a seis meses, prestados continuamente al empleador, indemnización que se encuentra limitada a 330 días de remuneración, es decir, a 11 años.

Ahora bien, de acuerdo con lo establecido en el Art. 8º transitorio del Código del Trabajo, si el trabajador despedido ha sido contratado con anterioridad al 1° de diciembre de 1990 y con posterioridad al 13 de agosto de 1981, el empleador estará obligado a pagar la indemnización equivalente a 150 días de remuneración, esto es, a cinco años, y el exceso sobre los 150 días de remuneración, que por indemnización pudiere corresponderle, en mensualidades sucesivas, equivalente a treinta días de indemnización cada una, debidamente reajustadas de conformidad al artículo 173 del Código del trabajo.

El Finiquito es el reflejo de las condiciones en que termina un contrato de trabajo. Cada vez que termina un contrato, es obligación del empleador que exista un finiquito que dé cuenta de ese término de contrato. La importancia del finiquito es que libera a las partes (trabajador y empleador) de todas las responsabilidades que pudieran emanar del contrato de trabajado que originalmente los vinculó.

Herramientas para el Cálculo del Finiquito

Para calcular el finiquito es necesario saber los montos de los haberes por pagar e incluir aquellos montos extras pactados con anterioridad entre el empleador y el trabajador. De esta forma se procede al cálculo y realización del finiquito. Antes, el cálculo se hacía de manera manual, pero hoy la tecnología ha avanzado tanto que existen páginas con muy buenos motores de cálculo que te permiten obtener el resultado de inmediato.

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