En Chile, el cese de la pensión alimenticia, también conocida como pensión alimentaria, es el término de la obligación legal de mantener económicamente a una persona dependiente, generalmente un hijo. Este cese se autoriza a través de un proceso judicial cuando determinadas circunstancias justifican el fin de estos pagos.
Causas para el Cese de la Pensión Alimenticia
El derecho a la pensión alimenticia puede cesar por varias causas:
- Que el dependiente cumpla 21 años (o 28 si está estudiando).
- Que el dependiente sea autosuficiente.
- El matrimonio del dependiente.
- Que el dependiente obtenga sus propios ingresos.
- Cuando el beneficiado comete una falta grave ("injuria atroz").
- Se extingue con el fallecimiento del pagador o del beneficiario, ya que el derecho a reclamarla no es transmisible.
Circunstancias que Pueden Dar Lugar al Cese
Para comprender mejor cuándo puede producirse el cese del pago de la pensión alimenticia en Chile, es importante profundizar en las distintas circunstancias que pueden dar lugar a este cambio.
- Pérdida de la Condición de Dependiente: Suele tratarse de un cambio vital importante para el beneficiario, como alcanzar los 21 años de edad (o los 28 si continúa estudiando), lograr la independencia económica o contraer matrimonio.
- Cambio en la Capacidad Económica del Pagador: Hasta el punto de que continuar con esos pagos pondría en peligro sus propias necesidades. Esto podría deberse a la pérdida del empleo, a una reducción drástica de los ingresos o a cargas financieras imprevistas.
- Cambio en las Necesidades Económicas del Beneficiario: Que hace que el pago ya no sea necesario.
Requisitos Legales para el Cese de la Pensión Alimenticia
Para solicitar el cese de pensión de alimentos en Chile, es necesario cumplir con ciertos requisitos legales:
- La pensión alimentaria debe haber sido fijada judicialmente.
- Finalizar la pensión de alimentos no es un proceso automático. Si no se solicita, a pesar de que se cumplan las condiciones para el cese de alimentos, esta seguirá acumulando deuda. Esto generará consecuencias graves, como arresto, remate de bienes, etc.
Proceso para Solicitar el Cese de Alimentos
El Cese de Alimentación no es suficiente para que se produzca alguno de estos motivos, es decir, la terminación no procede de forma automática, sino que es imprescindible que se presente la demanda correspondiente en los juzgados de familia con la asesoría de un abogado.
- Mediación: Por lo general, deberá realizar mediación porque es un tramite obligatorio, pero no es obligatorio acudir a la misma, de esa forma le pueden dar el certificado de mediación frustrada para el cese de alimentos.
- Demanda de Cese de Pensión de Alimentos: En caso de que se hayan frustrado las medidas anteriores, se debe interponer una demanda de cese de pensión de alimentos contra el alimentario.
Es importante tener en consideración que la obligación de pago reside en el padre/madre que no tiene el cuidado del menor.
Documentación Necesaria
Se requieren los siguientes documentos:
- Un documento en que el progenitor y el hijo acuerdan el cese de pensión.
- En este caso hay una instancia de mediación familiar entre el padre o la madre, el hijo y un tercero imparcial. Si hay acuerdo entre las partes, no es necesario llegar a un juicio, y el mediador enviará el documento al Juzgado de Familia.
Consideraciones Adicionales
El juzgado de Familia debe declarar inadmisible cualquier petición de extinción de la pensión alimenticia si el solicitante está inscrito en el Registro Nacional de Deudores de Pensión Alimenticia.
Por la duración del juicio de cese de alimentos, se puede solicitar el cese provisorio.
En estos casos, la ley es muy clara: si hay deuda de pensión de alimentos no se podrá tramitar el cese. El primer paso entonces es llegar a un acuerdo de pago con la contraparte y, si esta accede, registrarlo en el tribunal.
Importancia de la Asesoría Legal
El cese de la pensión alimenticia puede ser un proceso complejo que involucra aspectos legales y financieros. Es importante conocer bien las condiciones que establece la ley para el cese de pensión de alimentos.
Un abogado de familia capacitado puede comprender rápidamente estas reglas y garantizar que usted obtenga el mejor asesoramiento y representación legal.
Preguntas Frecuentes sobre el Cese de Alimentos
P: En términos jurídicos, ¿qué significa “cese de pension alimenticia”?
R: Es el derecho a pedir el cese del pago de la pension alimenticia, el cual puede ser de común acuerdo por intermedio de una mediación o transacción, y si no existe la intension deberá demandar con nuestros abogados.
P: ¿Quién es elegible para el cese de alimentos?
R: En general, dependerá de la edad del alimentario ( a quién usted paga la pension de alimentos) y si éste estudia, en los otros casos se deberán analizar en profundidad para poder elaborar la estrategia probatoria para su caso y poder demandar.
P: ¿Cuáles son algunas consecuencias del cese de la alimentación?
R: No tendrá que pagar la pension de alimentos. Pero recuerde que dicho procedimiento se podrá realizar siempre que usted no tenga deuda de pension alimenticia, y si la tiene, tendrá que indicar antecedentes calificados para que el tribunal pueda conocer la demanda, como por ejemplo una situación médica o laboral.
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