El IFE Laboral es un incentivo económico que busca que los trabajadores se empleen formalmente, a través de un subsidio por la nueva relación laboral que se crea. Es un incentivo para que los trabajadores y trabajadoras, previamente cesantes, se empleen formalmente, otorgándoles un subsidio por la nueva relación laboral que se crea.

Plazos y Postulación

Se extendió el periodo de postulaciones hasta junio de 2023. Se extenderá la ventana de postulación del beneficio hasta junio de 2023, mes en que finaliza la postulación al subsidio. El periodo de recepción de nuevos recursos de reposición (apelaciones) finalizó el 31 de octubre de 2023, esto debido al término de postulaciones al subsidio, las cuales finalizaron el 30 de junio de 2023.

Beneficios según Mes de Postulación

Los trabajadores y trabajadoras que postulen exitosamente al IFE Laboral en abril, mayo y junio de 2023, tendrán derecho a recibir hasta 3, 2 y 1 meses de pago, respectivamente, siempre que los beneficiarios hayan mantenido vigente los requisitos para mantener el beneficio. Los trabajadores y trabajadoras que postularon exitosamente al IFE Laboral en abril, mayo y junio de 2023, tuvieron derecho a recibir hasta 3, 2 y 1 meses de pago, respectivamente, siempre que los beneficiarios hayan mantenido vigente los requisitos para mantener el beneficio. Por ejemplo, si usted postula al IFE Laboral Apoya durante abril del año 2023, puede acceder al beneficio por un periodo máximo de tres meses.

Requisitos para Postular

  1. Tener un nuevo contrato de trabajo (durante el mes en curso a la postulación).
  2. Tener un nuevo contrato de trabajo (durante el mes en curso o máximo el mes anterior a la postulación).
  3. Haber estado cesante durante todo el mes anterior al inicio del nuevo contrato de trabajo.
  4. Haber estado cesante durante todo el mes anterior al inicio del nuevo contrato de trabajo.

Al momento de la postulación se debe adjuntar el contrato de trabajo. Para que la postulación sea aceptada por SENCE, el contrato del trabajador debe tener una vigencia de un mes.

Proceso de Pago

El IFE Laboral se pagará a través de transferencia electrónica a la cuenta bancaria personal que el beneficiario haya registrado al momento de la postulación. Es importante considerar que la cuenta bancaria debe estar asociada al RUT del postulante. Al postular se debe ingresar los datos de la Cuenta RUT o corriente para el depósito en caso de que seas beneficiario/a.

La forma de pago de este bono es mediante depósito bancario. El pago se realiza a través de la CuentaRUT del BancoEstado. Si no tienes esta cuenta, el Ministerio de Desarrollo Social y Familia te abrirá una CuentaRUT en BancoEstado, sin costos para ti. Si no lo haces, se entiende que renuncias al beneficio.

Puedes consultar si eres beneficiaria o beneficiario llamando al call center 800 104 777. El reglamento establece un plazo de 18 meses para el cobro del beneficio, plazo que rige solo para quienes no han activado su CuentaRUT.

Consideraciones Adicionales

No, el IFE Laboral es un beneficio para la persona que, habiendo estado previamente cesante, encuentra un nuevo trabajo formal. Este beneficio no está restringido a la condición sanitaria de su comuna, según las fases del Plan Paso a Paso. Si, puedes postular.

Problemas en la Postulación

Esto se debe a que no fue posible verificar la relación laboral con el empleador informado en su postulación. Además, no se observaron cotizaciones de salud y/o pensión al momento de evaluar su postulación o que el RUT de su empleador no es el correcto. Revise los datos ingresados en su postulación en su expediente personal: ExpedienteIFELaboral, con el fin de corroborar la información ingresada.

Subsidio al Nuevo Empleo para Empresas

Si postuló al beneficio entre los meses de julio y agosto de 2021, usted solicitó el Subsidio al Nuevo Empleo. Dependiendo de la modalidad que selecciones, cambian los requisitos y reglas.

Duración y Monto del Subsidio para Empresas

Sí. Para el caso de las empresas pequeñas y medianas en la línea REGRESA tendrá una duración de 8 meses y en la línea CONTRATA tendrán una duración de 10 meses de beneficio. Para la línea CONTRATA el monto del subsidio es equivalente al 50% de la remuneración mensual imponible con tope de $250.000 por cada nueva contratación que realicen las empresas. Respecto de la duración del beneficio, para ambas líneas se bonificará un máximo de 4 meses. Esto es, si la empresa postula en septiembre de 2021, se bonificaran cuatro meses (hasta diciembre de 2021).

Requisitos Adicionales para Empresas

  • Haber estado suspendidos por pacto de suspensión al 28 de septiembre del 2020, o haber estado suspendidos al menos un día entre el 28 de agosto y el 28 de septiembre de 2020 por Acto de Autoridad.
  • Tener, al momento de postular, una remuneración imponible igual o menor a $1.011.000.

Proceso de Aprobación y Pago para Empresas

La aprobación de la postulación se realizará en un máximo de cinco días desde el momento de la postulación (la empresa tiene hasta 30 días desde la fecha de inicio de la relación laboral para postular a una persona). El primero pago ocurrirá el último día hábil del mes siguiente al inicio de la relación laboral, o dentro de los primeros cinco días hábiles de aquel subsiguiente, siempre y cuando se verifique el pago de cotizaciones previsionales correspondientes al primer mes de trabajo (proporcional a los días trabajados). Ejemplo: supongamos que un trabajador es contratado el día 22 de octubre. La empresa, puede postularlo hasta el 22 de noviembre, y la aceptación de la postulación se producirá el mismo 22 de noviembre. Dado que la aceptación de la postulación se produjo en la segunda quincena, entonces el primer pago se realizará el día 15 de diciembre.

Condiciones que Suspenden o Terminan el Subsidio para Empresas

  • Tener las cotizaciones previsionales pagadas, no declaradas.
  • El trabajador se encuentre gozando de licencia médica. Una vez terminada la licencia, SENCE retomará los pagos restantes del subsidio, si es que los hubiere.
  • Exista suspensión del contrato de trabajo por Acto de Autoridad (ej. Cuarentenas, cordones sanitarios). SENCE suspenderá los pagos del subsidio durante el período en que el trabajador se mantenga con la suspensión. Según los días efectivamente trabajados por la persona postulada al subsidio en el mes respectivo.
  • La empresa termina la relación laboral con el trabajador, ya sea por despido, renuncia o fallecimiento.
  • La empresa pacte la reducción de la remuneración mensual imponible del trabajador que causa el beneficio.
  • La empresa no mantiene la afectación económica. Esto se medirá de la siguiente forma: 3 meses después de la primera postulación de la empresa, se calcularán las ventas de los últimos 12 meses. Si estas ventas son mayores a las ventas entre enero y diciembre de 2018, entonces se considera que la empresa ya no cuenta con la afectación económica y, dejará de percibir los beneficios restantes respecto de todos los trabajadores postulados en la línea Regresa. Esta revisión se realizará cada 3 meses, desde la primera postulación.
  • La empresa no mantiene, al menos, el 80% de los trabajadores presentes en la planilla de contraste. La planilla de contraste contiene a aquellos trabajadores a los cuales se les pagó cotizaciones en el mes asociado a la primera postulación.

Otras Consideraciones para Empresas

  • Las empresas pueden postular a estos trabajadores y obtener los beneficios del nuevo subsidio. Sin embargo, la empresa dejará de recibir los beneficios del SEJ y del BTM (se suspende el pago), pero el trabajador no, ya que seguirá recibiendo los beneficios.
  • Sí, la empresa puede reincorporar a sus trabajadores con reducción de jornada. En este caso, el subsidio será proporcional a la reducción.
  • Sí. Ni la empresa ni el trabajador (pensionado por vejez) deben realizar trámite alguno para incorporarse a la línea Contrata del Subsidio al Empleo.
  • Si el pago del subsidio es rechazado debido a que la cuenta es errónea o no está asociada a la empresa, se genera un vale vista al mes siguiente con vigencia de 90 días para ser retirado en BancoEstado. Tanto el primer pago como los sucesivos se realizarán entre los días finales del mes siguiente y los primeros cinco días de aquel subsiguiente al inicio de la relación laboral.
  • Sí. Para renunciar al Subsidio al Empleo, la empresa debe informarlo a SENCE.

Subsidio al Empleo Joven (SEJ)

Es un beneficio cuyo fin es fomentar la contratación de jóvenes, junto con incrementar su cobertura y fondos previsionales e incentivar la formalización de su trabajo. Este beneficio está dirigido a empleadores que pueden postular a trabajadores contratados que cumplan los requisitos establecidos. Para los empleadores el subsidio siempre será mensual.

Postulación al SEJ

Postular al Subsidio al Empelo Joven es muy fácil. Te recomendamos optar por depósito bancario que pago en efectivo.

Pago del SEJ

Se puede acceder a adelantos mensuales (Pago Mensual), que corresponden a anticipos del pago anual, equivalentes al 75% del total del beneficio. El pago mensual es un adelanto del pago anual, y se cancela el último día hábil de cada mes (con excepción de septiembre y diciembre, dado que se adelanta el pago).

Requisitos para el Pago Mensual del SEJ

En el caso de haber optado por pagos provisionales mensuales (modalidad de pago mensual), debes acreditar una renta bruta mensual inferior a $662.348.

Límite de Edad para el SEJ

El subsidio se otorga hasta el último día del mes en que el trabajador/a tenga 24 años de edad.

Pago Anual del SEJ

Son pagos provisionales mensuales que corresponden a anticipos del pago anual. El Pago Anual del subsidio se realiza en el mes de agosto en base a todas las rentas brutas recibidas el año anterior.

Reintegro de Montos Percibidos en Exceso en el SEJ

La Ley N°20.338, en el artículo 5, señala que se debe notificar por medio de carta certificada, la solicitud de reintegro de los montos percibidos en exceso en un plazo máximo de 30 días hábiles desde la notificación. En caso de que tu solicitud de extensión es aceptada, el pago se realiza en el pago anual del año siguiente a la solicitud. Debe realizar una solicitud mediante el Buzón Ciudadano.

Renuncia al SEJ por parte de la Empresa

“Para renunciar por tus trabajadores/as de SEJ y/o BTM, debes ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano indicando que quieres renunciar a los programas por ciertos trabajadores/as.

Bono Mujer Trabajadora

Es un aporte en dinero dirigido a mujeres y jefas de hogar de las familias más vulnerables. Este varía de acuerdo con la renta que recibes, y se paga si mantienes al día tus cotizaciones previsionales y de salud. En caso de que el pago del bono haya sido suspendido por cotizaciones de salud y/o pensión impagas, puedes dejar un reclamo a través del Buzón Ciudadano.

Requisitos para el Bono Mujer Trabajadora

Acreditar una renta bruta inferior a $7.948.180 durante el año calendario en que percibas el bono. También son beneficiarios los empleadores y empleadoras de las trabajadoras dependientes que cumplen con los requisitos mencionados.

Cómo Postular al Bono Mujer Trabajadora

Ingresa al sitio web del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence) con tu ClaveÚnica. Si no la tienes, solicítala. Como una forma de promover la contratación de mujeres de los grupos más vulnerables, el empleador también recibe el incentivo.

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