La ley que aumenta el salario mínimo, con gradualidad, hasta los $ 500.000 y que entrega una serie de apoyos y subsidios a las micro, pequeñas y medianas empresas, entre otros beneficios, fue promulgada y publicada en el Diario Oficial.

Fruto del acuerdo entre el Gobierno y la CUT, el Diario Oficial publicó la Ley N° 21.456 que establece los tramos y montos del reajuste del Ingreso Mínimo Mensual, IMM (Salario mínimo).

Reajuste del Ingreso Mínimo Mensual

Con efecto retroactivo, desde el 1° de mayo es de $380 mil; se reajustará luego a contar del 1° de agosto a $400 mil.

En conjunto, ambos montos suman un reajuste total de 14,3%, el más alto de los últimos 29 años, según las estadísticas.

Y, ante la eventualidad que el IPC acumulado a diciembre 2022 supere el 7%, habrá un tercer aumento del IMM que será de $410 mil a partir del 1° de enero, 2023.

Junto a ello, y en caso de que el Índice de Precios al Consumidor (IPC) acumulado durante 2023 supere el 6%, se realizará un alza previa de $10.000 el 1 de enero de 2024, quedando el salario mínimo en $470.000 en dicha fecha, para después continuar con la gradualidad anteriormente descrita.

Subsidio Mensual para alcanzar un Ingreso Mínimo Garantizado

En torno al Subsidio Mensual para alcanzar un Ingreso Mínimo Garantizado que rige hasta el 31 de diciembre de 2023, según consta en la Ley N° 21.218, la ley ajusta los parámetros para beneficiar a las y los trabajadores con ingresos mensuales de hasta $500.000, extendiendo así su vigencia desde el 31 de diciembre de 2023 al 30 de junio de 2024.

Ya no se diferencia entre beneficiarias antiguas (del subsidio anterior) y nuevas, para los distintos aspectos del subsidio.

Sin perjuicio de lo cual, el monto por trabajador entre los meses de mayo y agosto de 2023 será de $10.000 superior para las beneficiarias del subsidio anterior, respecto de quienes no accedieron o no lo solicitaron el año pasado.

Se actualizó la forma en que uno mira la cantidad de trabajadores. Ahora, el SII determina el mejor mes de entre enero y abril de 2023 que le permita a la beneficiaria obtener el monto total más alto posible.

El subsidio estará vigente hasta abril de 2025.

Con todos estos ajustes, el subsidio irá en beneficio de cerca de 180 mil MiPymes y Cooperativas.

Además contempla un aporte económico para mitigar la inflación, un beneficio que surgió a raíz de la propuesta de la CUT de tener una «Canasta Básica protegida» .

Se otorgará también un subsidio temporal a las Mipymes para el pago del IMM establecido.

Junto con el subsidio, se comprometieron varias medidas complementarias para apoyar a las MiPymes y Cooperativas.

Próximo reajuste salarial

Y quedó en la ley consignado que en abril del próximo año habrá un nuevo reajuste salarial, cuyo proyecto de ley deberá considerar las sugerencias del Consejo Superior Laboral (CSL), órgano tripartito del mundo del trabajo en el que participan representantes del Gobierno, trabajadores y empleadores, presidido por la CUT.

A ello se suma el aumento de los montos de la Asignación Familiar y el Subsidio Familiar.

El pasado lunes 23 de mayo, en el Palacio de La Moneda se realizó la ceremonia de promulgación de esta Ley con la firma del texto legal del presidente Gabriel Boric.

Al evento asistió una delegación de la CUT encabezada por el presidente de la Central, David Acuña.

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