El Bono al Trabajo de la Mujer (BTM) es un aporte en dinero dirigido a mujeres y jefas de hogar de las familias más vulnerables. Este varía de acuerdo con la renta que recibes, y se paga si mantienes al día tus cotizaciones previsionales y de salud. También son beneficiarios los empleadores y empleadoras de las trabajadoras dependientes que cumplen con los requisitos mencionados. Como una forma de promover la contratación de mujeres de los grupos más vulnerables, el empleador también recibe el incentivo.
Requisitos Generales para Postular
Para postular al Bono Mujer Trabajadora, debes cumplir con los siguientes requisitos:
- Tener entre 25 y 59 años de edad (59 años con 11 meses).
- Estar trabajando de manera dependiente o independiente.
- Pertenecer al 40% de las familias más vulnerables de la población (según Registro Social de Hogares).
- Estar incorporada en el Registro Social de Hogares (RSH).
- Registrar renta y que ésta no exceda el valor mensual máximo establecido para el año calendario.
Requisitos para Ser Beneficiaria y Recibir el Pago
Para ser beneficiaria y recibir el pago del Bono Mujer Trabajadora, debes cumplir con los siguientes requisitos, dependiendo de la forma de pago que elijas (anual o mensual):
- Pago anual: Percibir una renta bruta anual (2025) inferior a $7.948.180.
- Pago mensual: Percibir una renta bruta mensual (2025) inferior a $662.348.
- Tener cotizaciones al día.
- No trabajar en una Institución del Estado (municipios incluidos) o una empresa privada que reciba aporte estatal superior o igual al 50%.
- Acreditar una renta bruta inferior a $7.948.180 durante el año calendario en que percibas el bono.
¿Cómo Funciona el Pago?
Existen dos formas de pago:
- Pago Anual: Se realiza en el mes de agosto en base a todas las rentas brutas recibidas el año anterior.
- Pago Mensual: Se puede acceder a adelantos mensuales (Pago Mensual), que corresponden a anticipos del pago anual, equivalentes al 75% del total del beneficio.
En el caso de haber optado por pagos provisionales mensuales (modalidad de pago mensual), debes acreditar una renta bruta mensual inferior a $662.348. Son pagos provisionales mensuales que corresponden a anticipos del pago anual.
El pago se realiza de las siguientes maneras:
- Depósito en Cuenta Rut o tu cuenta bancaria. Se recomienda optar por depósito bancario que pago en efectivo.
- Retiro en efectivo en BancoEstado o ServiEstado, presentando tu cédula de identidad.
Consideraciones importantes sobre el pago:
- Por su fórmula de cálculo, no estás sujeta a devolución de dinero.
- Son anticipos del pago anual. Solo se paga hasta el 75% del beneficio, pero a partir del cuarto año el porcentaje disminuye al 50%.
- A mayor renta, el monto aumenta. El monto se mantiene constante. A mayor renta, el monto disminuye.
¿Cómo Postular?
Postular al Bono al Trabajo de la Mujer es muy fácil. Se puede postular los 365 días del año.
- El primer paso para postular es contar con Clave Sence. Para solicitar este beneficio, las trabajadoras y sus empleadores deberán generar esta contraseña, recuperarla, modificarla, o bien, actualizar sus datos cuando sea necesario. Una vez generada, modificada o actualizada su Clave Sence, ya puede postular. Ingresa al sitio web del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence) con tu ClaveÚnica. Si no la tienes, solicítala.
- Debe hacer click en “Postula Aquí” y a continuación, ingresará al Sistema de Postulación del Bono al Trabajo de la Mujer.
- Debe hacer click sobre la opción “Postular”.
IMPORTANTE: Para ver el estado de sus solicitudes, debe ingresar al “Expediente Electrónico”.
¿Cómo Cambiar Datos para Recibir Pago por Depósito?
Se puede acceder a adelantos mensuales (Pago Mensual), que corresponden a anticipos del pago anual, equivalentes al 75% del total del beneficio.
¿Qué Sucede Si Ya Eres Beneficiaria del BTM y Postulas al Ingreso Mínimo Garantizado (IMG)?
En caso de que ya seas beneficiaria del Bono al Trabajo de la Mujer (BTM), no hay problemas en que puedas postular al Ingreso Mínimo Garantizado (IMG). No obstante, mensualmente se revisarán tus antecedentes y si calificas para este último, recibirás pago por IMG y el pago por BTM quedará suspendido. Si un mes no cumples con lo establecido para recibir el Ingreso Mínimo Garantizado (IMG), se revisarán los requisitos de pago de BTM, procediendo a pagar si corresponde.
¿Qué Sucede Si Tu Empleador Se Ha Acogido a la Ley de Protección al Empleo?
En caso de que tu empleador se haya acogido a la Ley de Protección al Empleo, seguirás siendo beneficiaria del Bono al Trabajo de la Mujer (BTM).
¿Tienes un Pago Suspendido?
¡Evita problemas o retrasos con tu pago!
- Debes ingresar a buzonciudadano.sence.cl e ingresar tu RUT y Clave Sence.
- Completa los datos del formulario de solicitud y atención. Recuerda seleccionar la opción "Pregunta" en el campo "tipo de solicitud".
- En el campo "descripción", escribe el periodo (mes o año) en el que el pago ha sido suspendido.
- Adjunta la documentación requerida. En el campo "documento opcional", adjunta en un solo archivo todos los documentos timbrados y firmados.
- Finaliza tu solicitud. Después de ingresar el código de validación, el sistema entregará un número de solicitud.
Si ya tienes los documentos, ingresa al buzón ciudadano para hacer la solicitud. En caso de que el pago del bono haya sido suspendido por cotizaciones de salud y/o pensión impagas, puedes dejar un reclamo a través del Buzón Ciudadano.
Reintegro de Montos Percibidos en Exceso
Es la devolución de montos percibidos en exceso generada cuando la suma de pagos provisionales mensuales es superior al monto del subsidio anual. Ley N°20.338, en el artículo 5, señala que se debe notificar por medio de carta certificada, la solicitud de reintegro de los montos percibidos en exceso en un plazo máximo de 30 días hábiles desde la notificación. Debe realizar una solicitud mediante el Buzón Ciudadano.
“Para renunciar por tus trabajadores/as de SEJ y/o BTM, debes ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano indicando que quieres renunciar a los programas por ciertos trabajadores/as.
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