Este art铆culo aborda en detalle el tema de los cobros excesivos de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) en Chile, proporcionando informaci贸n relevante sobre los conceptos, los procedimientos para la devoluci贸n de estos cobros, y los derechos que asisten a los afiliados.

Conceptos Clave

Se consideran pagos en exceso o err贸neos los siguientes:

  • Pagos de cotizaciones de la Ley N掳16.744 en base a rentas superiores al l铆mite m谩ximo imponible establecido en el art铆culo 16 del D.L.
  • Pagos de la cotizaci贸n adicional diferenciada por una tasa mayor a la que correspond铆a de conformidad al D.S.
  • Aportes por sobre el monto tope imponible en tu cuenta de cotizaci贸n obligatoria.
  • Pagos de cotizaciones obligatorias efectuadas a pensionados o afiliados por sobre la edad legal que hayan optado por no seguir cotizando.

Trat谩ndose de trabajadores independientes que perciban rentas del art铆culo 42 N掳2 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, s贸lo corresponder谩 restituir las cotizaciones correspondientes a los a帽os 2016 y 2017.

Procedimientos de Devoluci贸n

La devoluci贸n de cotizaciones pagadas en exceso o err贸neamente en un organismo administrador podr谩 iniciarse previa petici贸n de la respectiva entidad empleadora o trabajador independiente, o de oficio por cada organismo. Al efecto, la instituci贸n deber谩 reembolsar a sus afiliados las cotizaciones que registre como pagadas en exceso o enteradas erradamente que no se encuentren prescritas.

Solicitud de Devoluci贸n

La entidad empleadora o el trabajador independiente que estime que procede una devoluci贸n de pagos en exceso o enterados erradamente a su favor, deber谩 presentar ante el respectivo organismo administrador su solicitud a trav茅s del formulario "Devoluci贸n de Pagos en Exceso o Err贸neos. Entidad Empleadora" o el formulario "Devoluci贸n de Pagos en Exceso o Err贸neos. Trabajador Independiente", los que contendr谩n, como m铆nimo, la informaci贸n se帽alada en el Anexo N掳16 "Formulario de devoluci贸n de pagos en exceso y err贸neos. Entidades empleadoras: menciones m铆nimas" y en el Anexo N掳17 "Formulario de devoluci贸n de pagos en exceso y err贸neos. Trabajadores independientes: menciones m铆nimas" de este T铆tulo II.

Los organismos administradores de la Ley N掳16.744 est谩n obligados a resolver las solicitudes de devoluci贸n de pagos en exceso o enterados err贸neamente que le sean presentadas. Una vez recibida la presentaci贸n, se registrar谩 su fecha de ingreso y se le deber谩 otorgar un n煤mero correlativo 煤nico por organismo administrador, seg煤n se trate de requerimientos de las entidades empleadoras o de los trabajadores independientes.

En el evento que, al momento de realizar la solicitud, el peticionario no haya acompa帽ado los antecedentes necesarios para resolver su presentaci贸n, el organismo administrador, a m谩s tardar dentro del plazo de 10 d铆as h谩biles administrativos del art铆culo 25 de la Ley N掳19.880 contados desde el ingreso del formulario, deber谩 requerirle al interesado los documentos que debe presentar, fij谩ndole un plazo de 14 d铆as h谩biles administrativos, para remitirlos desde la respectiva notificaci贸n.

A m谩s tardar dentro de los 5 d铆as h谩biles administrativos siguientes a su emisi贸n, deber谩 serle notificada a la entidad empleadora, v铆a correo electr贸nico, si ha consentido en ser notificada por esa v铆a, la resoluci贸n que se pronuncie sobre su solicitud.

Procesos de Devoluci贸n Masiva

En cada proceso de devoluci贸n masiva, los organismos administradores de la Ley N掳16.744 deber谩n incluir los excesos pendientes de reembolso y las cotizaciones enteradas erradamente que hayan detectado, de conformidad a los antecedentes con que cuenten. En los procesos de devoluci贸n masivas, se deber谩n incluir, a lo menos, hasta las cotizaciones enteradas hasta el mes de marzo del respectivo a帽o calendario.

Los organismos administradores de la Ley N掳16.744 deber谩n incorporar en sus sitios web, en un lugar destacado y de f谩cil acceso, durante todo el mes de junio de cada a帽o, dos banner con los siguientes t铆tulos "Proceso de Devoluci贸n de Cotizaciones Pagadas en Exceso. Entidades Empleadoras" y "Proceso de Devoluci贸n de Cotizaciones Pagadas en Exceso. Trabajador Independiente". Se deber谩 indicar a la entidad empleadora o al trabajador independiente, que es de su responsabilidad adoptar las medidas de orden tributario que procedan con motivo de la devoluci贸n de cotizaciones.

Durante los meses de julio, agosto y septiembre de cada a帽o, los organismos administradores deber谩n mantener en sus sitios web la informaci贸n del "Estado de la devoluci贸n".

Compensaci贸n de Deudas

Las cotizaciones pagadas en exceso o enteradas err贸neamente, con excepci贸n de aqu茅llas enteradas a una instituci贸n a la que no se est谩 afiliado o adherido, podr谩n ser compensadas con aquellas deudas que las respectivas entidades empleadoras o los trabajadores independientes mantengan con su organismo administrador, en tanto se verifiquen los requisitos del art铆culo 1.656 del C贸digo Civil.

Prescripci贸n

La obligaci贸n de los organismos administradores de proceder a la restituci贸n de las cantidades pagadas en exceso o enteradas err贸neamente por concepto de cotizaciones se encuentra limitada por la prescripci贸n extintiva de 5 a帽os establecida en el art铆culo 2.515 del C贸digo Civil.

驴C贸mo solicitar la devoluci贸n de pago en exceso en AFP Cuprum?

Puedes solicitar la devoluci贸n de un pago en exceso desde el sitio web o tambi茅n en una sucursal de AFP Cuprum. Basta con la presentaci贸n de tu c茅dula de identidad vigente, excepto para algunas situaciones donde se te solicitar谩n mayores antecedentes.

Es importante que ingreses en este proceso tu cuenta bancaria, que puede ser una Cuenta Corriente, Cuenta Vista o de Ahorro, y si no tienes ninguna de ellas podr谩s solicitar un Vale Vista Nominativo. Al mismo tiempo, deber谩s ingresar tu correo electr贸nico, dado que ese ser谩 la v铆a por la cual te comunicaremos el resultado de la solicitud, como tambi茅n, te informaremos la fecha y monto que te abonaremos en tu banco.

Una vez que ingreses la solicitud, la AFP analizar谩 en un plazo m谩ximo de 20 d铆as h谩biles, y determinar谩 si te corresponde o no la devoluci贸n. Si la AFP determina que requiere mayores antecedentes, para concluir si te corresponde la devoluci贸n, te los solicitar谩 mediante correo electr贸nico.

Si corresponde la devoluci贸n de los fondos, la AFP te realizar谩 un dep贸sito a una cuenta bancaria o bien te dispondr谩 un Vale Vista Nominativo. Por el contrario, si se determina que la devoluci贸n solicitada no corresponde, se te informar谩 mediante correo electr贸nico.

Plazos para obtener un pago en exceso

Una vez ingresada tu solicitud, la AFP tiene 20 d铆as h谩biles para resolver el requerimiento. En caso de necesitar antecedentes adicionales, la AFP te los solicitar谩, y cuando entregues esa documentaci贸n, corren nuevamente los 20 d铆as h谩biles para evaluar tu solicitud. Si la solicitud es aceptada, en los siguientes 5 d铆as h谩biles se te depositar谩 en tu banco el monto del exceso o bien se te dispondr谩 un Vale Vista Nominativo.

El monto devuelto estar谩 compuesto de la siguiente forma:

  • Pensionados
    • Valor nominal de la cotizaci贸n a partir del periodo Nov2012.
    • Rentabilidad Obtenida durante aquel periodo y hasta la 煤ltima cotizaci贸n acreditada.
    • Comisi贸n cobrada por la administradora asociada a los periodos devueltos.
  • Afiliados en Edad Legal
    • Valor nominal de la cotizaci贸n a partir del periodo siguiente de haber firmado la declaraci贸n de exenci贸n de cotizar.
    • Comisi贸n cobrada por la administradora asociada a los periodos devueltos.

Tabla Resumen de Plazos

Acci贸n Plazo
An谩lisis de la solicitud por la AFP M谩ximo 20 d铆as h谩biles
Pago del exceso (si es aceptada la solicitud) 5 d铆as h谩biles siguientes a la aceptaci贸n

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