En Chile, tanto chilenos como extranjeros están obligados a cotizar por concepto de pensión en una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP). Si eres un técnico o profesional extranjero que trabaja temporalmente en Chile y te preguntas si puedes retirar los fondos acumulados en tu cuenta de AFP al finalizar tu período laboral, este artículo te proporcionará información valiosa.
Retiro de Fondos AFP para Extranjeros: Ley N° 18.156
La Ley N° 18.156, con su modificación en la Ley N° 18.726, establece el marco legal para que los trabajadores extranjeros puedan solicitar la devolución de sus fondos previsionales. A continuación, se detallan los requisitos y el proceso para realizar este trámite.
Requisitos para Solicitar el Retiro de Fondos AFP
Para solicitar el retiro de fondos de AFP, debes cumplir con los siguientes requisitos:
- Cédula de Identidad vigente: Es indispensable contar con tu cédula de identidad chilena vigente.
- Acreditar la calidad de técnico o profesional extranjero: Esto se realiza a través del título técnico o profesional debidamente apostillado o legalizado por el Consulado de Chile del país de origen y por el Ministerio de Relaciones Exteriores en Chile.
- Afiliación a un régimen de previsión o de seguridad social fuera de Chile: Acreditar, mediante el Certificado respectivo, el encontrarse afiliado a un régimen de previsión o de seguridad social fuera de Chile, cualquiera sea su naturaleza jurídica, que otorgue prestaciones, a lo menos, en casos de enfermedad, invalidez, vejez y muerte. La afiliación al sistema previsional extranjero debe ser anterior a la fecha de celebración del contrato de trabajo en Chile.
- Declaración en el contrato de trabajo: Que en el contrato de trabajo respectivo el trabajador exprese: contar con un régimen previsional fuera de Chile y su voluntad de mantenerlo.
Documentación Necesaria
Al momento de solicitar el retiro de fondos de AFP, debes presentar los siguientes documentos:
- Título técnico o profesional: Debe encontrarse debidamente apostillado o legalizado ante el Consulado de Chile del país de origen y por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Si se encuentra en un idioma distinto del español, debe contar con la traducción respectiva.
- Certificado de afiliación a un régimen de previsión o de seguridad social fuera de Chile: Debe encontrarse debidamente apostillado o legalizado ante el Consulado de Chile del país de origen y por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile.
Proceso de Solicitud
El trámite se puede realizar durante todo el año en las sucursales de la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) y oficinas ChileAtiende.
Los trabajadores y trabajadoras pueden ingresar la solicitud a través del Instituto de Previsión Social (IPS) o directamente en la AFP a la que están afiliados.
Por lo general, las AFP toman 5 días hábiles para analizar la solicitud y la documentación presentada. De estar todo en orden, el pago toma cerca de 3 días hábiles más.
Si la respuesta al requerimiento es favorable, la AFP entregará al afiliado el certificado de saldo para que escoja la modalidad de pago. La AFP envía la información al SCOMP (Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión).
Consideraciones Importantes
- ¿Cuántas Veces Puedes Solicitar la Devolución? La Ley N°18.156 establece que la devolución de fondos puede realizarse una sola vez. Esto significa que si vuelves a trabajar en Chile con el mismo empleador después de haber solicitado y aprobada la devolución, no podrás volver a solicitarla.
- Realización del trámite por un tercero: Sí, mediante un representante legal con poder notarial especial. Recibirás una notificación explicando los motivos.
- Impuestos: Los retiros de recursos originados en cotizaciones obligatorias y depósitos convenidos si pagan impuestos.
- ¿Qué pasa si se trabajó como empleado Fiscal? Los fondos de pensión permanecerán en la Cuenta Obligatoria hasta que se cumpla la edad legal (60 años Mujer, 65 años Hombre) para suscribir una Solicitud de Pensión de Vejez, según fuere el caso.
Pensión de Invalidez
Las personas afiliadas con cobertura del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia: la pensión la paga la AFP, con cargo a la compañía de seguros que contrató con este fin.
La pensión de invalidez parcial, que se otorga en un primer dictamen, tendrá un carácter transitorio, ya que se otorga por un período de tres años. Cuando se trate de una pensión de invalidez parcial, el beneficiario o la beneficiaria tendrá que ser reevaluado luego de tres años. La persona beneficiaria recibirá la pensión hasta el último día del mes en que cumpla 65 años. Como resultado del trámite, habrá solicitado la pensión de invalidez.
Importante: las personas afiliadas que obtienen una pensión de invalidez, total o absoluta, no requieren ser reevaluados por la comisión.
Anexo de Contrato de Trabajo
Es importante destacar que en el contrato de trabajo se debe incluir una cláusula previsional donde el trabajador exprese contar con un régimen previsional fuera de Chile y su voluntad de mantenerlo.
Ejemplo de cláusula:
“Cláusula previsional. En Chile, muchos técnicos y profesionales extranjeros trabajan temporalmente y, al terminar su período laboral, regresan a sus países de origen.
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Retirar los fondos AFP siendo extranjero es un proceso que requiere atención al detalle y conocimiento de la legislación chilena. El proceso puede parecer complejo, pero no tienes que hacerlo solo.
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