La Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) emitió la cartola cuatrimestral del Seguro de Cesantía correspondiente al periodo mayo-agosto 2023, la cual proporciona a sus afiliados información clave sobre el estado de sus cuentas individuales y movimientos relacionados con el seguro.
Esta comunicación anual se realiza tres veces al año, en los meses de febrero, junio y octubre.
Se envía preferentemente por correo electrónico o correo postal y constituye una herramienta esencial para aquellos trabajadores que desean mantenerse informados sobre sus finanzas, específicamente el total de sus recursos ahorrados y el detalle de los aportes y movimientos realizados a su Cuenta Individual de Cesantía.
Porque permite estar al tanto de los últimos movimientos de su Cuenta Individual, su saldo disponible y la rentabilidad obtenida, además del pago de sus cotizaciones por parte de su empleador.
La cartola cuatrimestral del Seguro de Cesantía será enviada a aquellos que hayan registrado al menos dos pagos de cotizaciones en el periodo mayo-agosto 2023.
¿Cómo se puede recibir o consultar la cartola de forma digital?
En la sección "Mi perfil", podrás actualizar tus datos personales, como la dirección de correo electrónico y tu número de celular.
¿Puedo retirar mis fondos del Seguro de Cesantía?
El cobro del Seguro de Cesantía tiene como requisito principal encontrarse cesante.
Para acceder a los montos de su Cuenta Individual, el trabajador además debe cumplir con un mínimo de 12 cotizaciones pagadas si tenía contrato indefinido o 6 cotizaciones para contrato a plazo fijo o por obra.
Aquellos trabajadores que recientemente hayan finalizado su relación laboral y cumplan con los requisitos establecidos por la ley, pueden solicitar su Seguro de Cesantía a través de la Sucursal Virtual de Afiliados en el sitio web de la Administradora de Fondos de Cesantía.
Cabe recordar que recientemente, la Sala de la Cámara aprobó el proyecto de ley que busca introducir cambios al Seguro de Cesantía, tales como el aumento de las tasas de reemplazo y modificaciones para la empleabilidad.
Actualmente, se espera por su promulgación y posterior publicación en el Diario Oficial para que entre en vigencia.
Es importante destacar que este cambio en la legislación no afectará los pagos programados ni las solicitudes que se tramiten durante el mes de noviembre.
Asimismo, desde la Administradora de Fondos de Cesantía se comprometieron a mantener a los usuarios informados sobre todos los avances de este proyecto de ley a través de su sitio web y redes sociales, asegurando así una comunicación efectiva y transparente con sus afiliados en todo momento.
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