Ser trabajador independiente en Chile conlleva una serie de beneficios importantes al cumplir con ciertos requisitos y realizar las cotizaciones correspondientes. A continuación, se detallan algunos de estos beneficios y los requisitos asociados.

Requisitos para Acceder a Beneficios

Para acceder a los beneficios como trabajador independiente, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Haber emitido boletas de honorarios en al menos 3 meses durante los últimos 12 meses (entre abril de 2019 y marzo de 2020), o haber emitido boletas de honorarios en al menos 6 meses durante los últimos 24 meses (entre abril de 2018 y marzo de 2020).
  2. Que en el mes anterior a la solicitud del beneficio, sus rentas mensuales hayan disminuido en al menos un 30% respecto de su Ingreso Promedio mensual, considerando los 12 meses anteriores a abril de 2020 (entre abril de 2019 y marzo de 2020).

Cotizaciones y Beneficios Asociados

Desde 2018, es obligatorio cotizar para la pensión. El pago de las cotizaciones se realiza anualmente en la Declaración de Impuesto a la Renta ante el Servicio de Impuestos Internos durante el mes de abril. Las cotizaciones otorgan derecho a prestaciones futuras desde julio a junio del año siguiente.

Están obligados a cotizar quienes emitan boletas de honorarios por un monto anual igual o mayor a 5 ingresos mínimos mensuales y estén a más de 10 años de la edad legal de jubilación, es decir, hombres menores de 55 años y mujeres menores de 50 años.

Con el pago de las cotizaciones, los trabajadores a honorarios tienen derecho a acceder a:

  • Pensiones de vejez, invalidez y de sobrevivencia
  • Acceso a prestaciones preventivas
  • Atención médica
  • Licencias médicas y subsidios en caso de enfermedad de un hijo o incapacidad laboral

Las cotizaciones se financian con cargo al monto disponible para la devolución de impuestos, es decir, con la retención tributaria de las boletas de honorarios emitidas durante el año. Las cotizaciones pagadas a través de la Operación Renta 2022 entregan derecho a las prestaciones de seguridad social desde el 1 de julio de 2022 y hasta el mes de junio de 2023.

Cobertura Total vs. Cobertura Parcial

Hasta 2028, la Ley estará en período de implementación gradual, por lo que, al momento de hacer la declaración anual de impuestos, los trabajadores pueden elegir si prefieren cotizar para obtener cobertura parcial o total en salud y pensiones.

Cobertura Total o Completa

Quienes opten por la Cobertura Total o Completa destinan el 100% de su retención de impuestos para el pago de cotizaciones. Así, por ejemplo, obtendrán el pago de las licencias médicas considerando el total de su renta y no verán mermados sus ingresos durante sus períodos de incapacidad laboral. La cotización para pensiones también se realiza por el total de los ingresos obtenidos, lo que en el futuro genera una mayor pensión.

Cobertura Parcial

Por otra parte, con la Cobertura Parcial los trabajadores a honorarios cotizan para pensiones y salud por una renta imponible menor, que varía año a año hasta 2028. En ese caso, las licencias médicas se entregan en base al porcentaje de la renta imponible por el cual se cotizó, es decir, en caso de tener licencia médica se genera una baja en los ingresos. Así mismo, la cotización para pensiones también se ve mermada, teniendo un impacto negativo en la futura pensión.

Afiliación a ISAPRE

En el caso de estar afiliados a una ISAPRE, los trabajadores a honorarios que tengan un plan con un valor mayor a la cotización legal de salud deben pagar mensualmente la diferencia para tener cobertura.

Trabajadores Dependientes e Independientes

Quienes trabajen de manera dependiente y además emitan boletas de honorarios deberán cotizar mensualmente sobre su ingreso dependiente y de manera anual sobre los ingresos a honorarios. Ambas cotizaciones se suman siempre que se mantengan bajo el tope imponible. Si las cotizaciones superan el límite de cotización legal del 7% o del valor del plan de salud pactado con la ISAPRE, los excedentes serán devueltos por cada una de estas instituciones. El pago de la cotizaciones para pensiones se realiza en el último lugar, por lo tanto, se cotiza solo lo que se alcanza a pagar con las retenciones anuales.

Ejemplo: Los ingresos anuales imponibles de Rolando son de $9.000.000. Como ese monto es menor al tope imponible, Rolando cotizará por el total de sus ingresos imponibles por honorarios, es decir, por el 80% (en este caso, $2.000.000). Si la suma de sus ingresos hubiese sido superior al tope imponible cotiza la diferencia. El pago de la cotizaciones para pensiones se realiza en el último lugar, por lo tanto, se cotiza solo lo que se alcanza a pagar con las retenciones anuales.

Incorporación Voluntaria al ISL

Si eres trabajador o trabajadora independiente, o prestas servicios a honorarios sin retención en la operación de impuesto a la renta, puedes incorporarte voluntariamente al Instituto de Seguridad Laboral (ISL). Realiza el trámite durante todo el año a través del sitio web del ISL.

Importante: tu registro estará vigente hasta que presentes un documento que acredite tu afiliación a alguna de las mutualidades privadas.

Para acceder a los beneficios del ISL, debes:

  • Calcular el monto que tendrás que pagar, se usará como referencia el monto de ingreso (por el cual cotizó para su pensión y salud común).
  • Haber pagado, a lo menos, seis cotizaciones, continuas o discontinuas, en los 12 meses anteriores al accidente o al diagnóstico de la enfermedad profesional.

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