De acuerdo con la Ley de Chile, es obligatorio para todo trabajador dependiente, ya sea chileno o extranjero, cotizar en una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP). Sin embargo, la Ley N° 18.156 establece ciertas exenciones para algunos trabajadores extranjeros.

La Ley N° 18.156, con su modificación en la Ley N° 18.726, establece el marco legal para que los trabajadores extranjeros puedan solicitar la devolución de sus fondos previsionales. En caso de que trabajadores extranjeros registren cotizaciones en una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP), podrán solicitar la devolución de los fondos previsionales que hubieren depositado, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 1° de esta ley.

Requisitos para la Devolución de Fondos Previsionales (Ley N° 18.156)

¿Cuáles son estos requisitos?

  1. Ser extranjero. Este requisito se puede acreditar mediante la presentación del pasaporte o cédula nacional de extranjero. No procede la devolución cuando el trabajador tiene doble nacionalidad: chilena. Para los extranjeros nacionalizados chilenos, deberán presentar un certificado en el cual se indique la fecha de nacionalización. Para los chilenos nacionalizados extranjeros, deberán presentar un certificado en el cual se indique la fecha de nacionalización.
  2. Ser profesional o técnico. Se entiende que son técnicos los trabajadores que poseen conocimientos de una ciencia o arte, adquiridos en un proceso educativo formal, estructurado y entregado en forma sistemática, conducente a la obtención de un título profesional o técnico.
  3. Estar afiliado a un régimen de seguridad social fuera de Chile, cualquiera sea su naturaleza jurídica, que le otorgue prestaciones por enfermedad, invalidez, vejez y muerte. La afiliación referida deberá acreditarse mediante certificación de la institución de seguridad social extranjera correspondiente, debidamente legalizada, y traducida en su caso, en la que conste su obligación de otorgar las prestaciones indicadas.
  4. Haber expresado en el contrato de trabajo respectivo, suscrito con una Empresa, la voluntad de mantener la afiliación al régimen de previsión extranjero.

Importante: La exención que establece el inciso anterior no comprenderá los riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales previstos en la ley 16.744.

Documentación Necesaria

Debe llenar en la AFP el formulario Solicitud de devolución de fondos previsionales Ley Nº 18.156, acreditando:

  • Su calidad de profesional o técnico con documentos de estudios especializados o profesionales, legalizados y, cuando corresponda, traducidos oficialmente por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile.
  • También debe presentar un certificado emitido por la institución de seguridad social de su país a la que se encuentra afiliado, donde conste su obligación de otorgar prestaciones en caso de enfermedad, invalidez, vejez y muerte.
  • Si está pensionado en algún régimen previsional extranjero, debe presentar un certificado emitido por dicha entidad en que se acredite su calidad de pensionado.
  • Por último, debe presentar una copia de su contrato de trabajo en el que se exprese su voluntad de mantener la afiliación al régimen previsional extranjero.
  • Certificado que acredite cobertura en caso de enfermedad, vejez, invalidez y sobrevivencia en un régimen previsional en el extranjero (desde junio de 2014 Of.). Adicionalmente la AFP podrá exigir el certificado de NO Nacionalizado emitido por el Servicio Nacional de Migraciones, el que podrá ser descargado en su sitio web.

Proceso para la Solicitud de Devolución

  1. Los afiliados que deseen ejercer el derecho que les confiere la ley No. 18.156, deberán suscribir en la correspondiente Administradora un formulario "Solicitud de devolución de fondos previsionales ley No. 18.156". Dicho formulario se confeccionará en original y copia. El original quedará en poder de la Administradora y la copia se entregará al afiliado. Esta solicitud podrá ser presentada por un tercero en representación del afiliado, quien deberá acreditar su calidad de mandatario acompañando un poder especial otorgado por el afiliado ante Notario Público, en el que conste expresamente la autorización para retirar los fondos previsionales.
  2. Para la suscripción del formulario anteriormente señalado, la Administradora deberá exigir al afiliado la presentación de la documentación pertinente, que acredite que el afiliado cumple con los requisitos exigidos en la ley No. 18.156 para acceder al beneficio. La documentación pertinente deberá presentarse debidamente legalizada, en caso contrario no podrá la Administradora dar curso a la "Solicitud de devolución de fondos previsionales ley No. 18.156".
  3. La documentación que presente el afiliado será analizada por la Fiscalía de la Administradora, la que deberá darle su aprobación a más tardar dentro del 5o. día hábil contado desde la fecha de presentación de la solicitud.
  4. Si la solicitud fuere aprobada, dentro de los 3 días siguientes la Administradora deberá poner a disposición del afiliado los fondos existentes en su cuenta personal, hecho que le será informado mediante carta certificada.

Consideraciones Adicionales

  • Una vez que realices el retiro, la AFP informará a tu empleador que no debe seguir pagando tus cotizaciones previsionales. En caso de que continúe cotizando en tu nombre, se entenderá que quieres cotizar en Chile y no podrás realizar un nuevo retiro por los ahorros con ese empleador.
  • Los fondos en tu AFP son de tu propiedad, y se destinan a tu futura pensión.
  • Si tu país tiene un convenio bilateral con Chile, al hacer el trámite de pensión allá, puedes gestionar el trámite con AFP Modelo a través del organismo de enlace, y recibir tu pensión chilena junto a la pensión que recibas allá. Si eres de Perú, el convenio entre ambos países te permite traspasar tus ahorros de pensión a tu organismo de seguridad social peruano.

Retirar los fondos AFP siendo extranjero es un proceso que requiere atención al detalle y conocimiento de la legislación chilena. El proceso puede parecer complejo, pero no tienes que hacerlo solo.

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