Este artículo explica detalladamente cómo los afiliados a AFP Habitat pueden obtener su colilla de pago, especialmente en casos de pensión por invalidez.
¿Quiénes pueden solicitar la pensión de invalidez?
- Personas con discapacidad de cualquier edad.
- El cónyuge debe estar en situación de discapacidad.
- La invalidez debe estar declarada por la Comisión Médica Regional (COMERE) y debe haberse producido antes de que el hijo cumpla 18 o 24 años (según corresponda).
Dónde y Cuándo Realizar el Trámite
El trámite se puede realizar durante todo el año en las sucursales de la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) y en las oficinas ChileAtiende.
La persona trabajadora puede ingresar la solicitud a través del Instituto de Previsión Social (IPS) o directamente en la AFP a la que está afiliada.
Proceso para Solicitar la Pensión de Invalidez
- La persona trabajadora puede ingresar la solicitud a través del Instituto de Previsión Social (IPS) o directamente en la AFP a la que está afiliada.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado la pensión de invalidez.
- Si la respuesta al requerimiento es favorable, la AFP entregará al afiliado el certificado de saldo para que escoja la modalidad de pago.
- La AFP envía la información al SCOMP (Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión).
- Si la respuesta al requerimiento es favorable, la AFP entregará al pensionado el certificado de saldo para que escoja la modalidad de pago.
Pago de la Pensión
Las personas afiliadas con cobertura del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia: la pensión la paga la AFP, con cargo a la compañía de seguros que contrató con este fin.
Las personas afiliadas tenían cobertura del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia: la AFP enterará el aporte adicional que corresponda, con cargo a la compañía de seguros.
La persona beneficiaria recibirá la pensión hasta el último día del mes en que cumpla 65 años.
Reevaluación de la Pensión de Invalidez Parcial
La pensión de invalidez parcial, que se otorga en un primer dictamen, tendrá un carácter transitorio, ya que se otorga por un período de tres años.
Cuando se trate de una pensión de invalidez parcial, el beneficiario o la beneficiaria tendrá que ser reevaluado luego de tres años.
Importante
Importante: las personas afiliadas que obtienen una pensión de invalidez, total o absoluta, no requieren ser reevaluados por la comisión.
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