El grupo asegurador Principal Group ha recibido la mayor parte de los golpes, sin embargo, y casi en completo silencio, otro grupo asegurador estadounidense, Metlife, ha seguido a la espera de que Agnic apruebe la fusión de su filial MetLife Chile Acquisition Co. Metlife inició, al igual que Principal, el proceso en 2014, con la aprobación el 29 de diciembre de ese año de la fusión en junta extraordinaria de accionistas.

Tienen menos de dos meses para cerrar la operación. La circular 55 del servicio del 24 de junio pasado indica que si una fusión, aunque haya partido en 2014, no concluye antes del 30 de septiembre de 2015, quedará sujeta a la fiscalización del SII con base en la norma antielusión.

Metlife pidió la autorización de la Superintendencia de Pensiones para la fusión de Provida con Acquisition. Esta parte de la circular es determinante. La superintendenta de Pensiones tiene en su mesa desde fines de diciembre del año pasado la solicitud de fusión ingresada por Metlife, pero hasta ahora no hay novedades, aunque en el mercado el rumor de que sería aprobada a comienzos de agosto corría con fuerza hace algunas semanas. Cuando el 21 de julio pasado concurrió a la comisión investigadora de la Cámara Baja, Agnic fue consultada respecto de la autorización pendiente a Metlife y Provida. Desde la superintendencia indicaron que el proceso está en pleno análisis y que no existen plazos para la autorización de la operación. Pero el proceso para Metlife corre contra el tiempo. Luego de la autorización final, Metlife debe migrar al nuevo rut (el de MetLife Acquisition Co) todos sus contratos con proveedores y cualquier relación comercial que tenga en Provida.

Las consecuencias de eso pueden ser al menos complejas para Metlife. La norma antielusión le da la atribución a Impuestos Internos para evaluar y determinar si una operación como la fusión referida tuvo como objetivo principal una motivación de negocios, es decir, la reestructuración societaria de la compañía por motivos como eficiencia. Si el SII fiscaliza y considera que el ánimo elusivo es lo esencial, tendría tres años, desde abril de 2016, para requerir ante los tribunales tributarios el rechazo al goodwill requerido por Metlife. Por cierto, ayer el Ministerio de Hacienda informó que la próxima semana dará a conocer los cambios para simplificar la Reforma Tributaria.

Según Polanco, Metlife puede aducir el concepto de «economía de opción». “El mismo estatuto general antielusión permite o reconoce la posibilidad del contribuyente de hacer uso de lo que llamamos la economía de opción, que se produce cuando el contribuyente se acoge a un tratamiento más favorable desde el punto de vista tributario, pero ese tratamiento está amparado en la misma ley. El legislador dejó expresamente señalado que se ampara en el tratamiento más favorable. “¿Se le puede impedir a una compañía fusionarse? No, a no ser que el regulador lo impida. Pero producida la fusión, los efectos tributarios están en la ley. Si no hacen eso (la fusión Metlife-Provida) van a pagar impuestos dos veces. Estas fusiones se hacen con una lógica especial, permitida en la ley, donde buscas amortizar el goodwill, y eso lo haces porque cuando compraste le pagaste al vendedor un sobreprecio que no se asigna a los activos. Compras en 100 el activo y vale 20. ¿Por qué pagaste 80 de más? Porque lo que compre son flujos futuros. El vendedor pagó impuestos por eso (por el sobreprecio).

La explicación apunta a la esencia de cómo se ha usado la norma hasta ahora y el caso de Metlife-Provida y Principal-Cuprum. Cuando Metlife le compró a BBVA la AFP y cuando Principal compró a Penta la AFP Cuprum, en ambos casos pagaron cifras que superaron en al menos 40% el valor bursátil de ambas compañías. La diferencia entre el valor contable y el precio pagado por las acciones genera el goodwill. El comprador apuesta a que la compañía vale más de lo que indican los libros, porque incluye en el precio la rentabilidad que podrá sacarle en los siguientes años. La pregunta resulta evidente: ¿y quién le devuelve al Estado los impuestos que dejó de recibir para que Metlife le pagara un sobreprecio a BBVA? En teoría, el equilibro del sistema indica que el vendedor debe pagar por el precio total, incluyendo el exceso. El mejor ejemplo de esto ocurrió con la otra polémica operación. Gajardo dijo en dicha audiencia que habían pagado $ 28 mil millones, unos US$ 50 millones. Los Carlos recibieron US$ 1.000 millones, por lo que el impuesto correspondió al 5% de la operación. No el impuesto que correspondía. Nada ilegal, todo correcto, pero el Estado, una vez más, pierde.

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