El Seguro de Cesantía es un beneficio fundamental para los trabajadores en Chile que se encuentran en situación de desempleo. A continuación, te explicamos cómo funciona y los requisitos para acceder a él.

¿Quiénes Pueden Afiliarse al Seguro de Cesantía?

Trabajador o trabajadora cuyo contrato laboral comenzó a partir del 2 de octubre de 2002. Si fuiste contratado por el Código del Trabajo o el Estatuto de Asistentes de la Educación Pública o te desempeñas como trabajador o trabajadora de casa particular antes del 2 de octubre de 2002, afíliate de manera voluntaria en el sitio web de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), completando tus datos en el formulario al que accedes a través de la consulta “Estado de afiliación”.

También podrás pedir la incorporación en tu trabajo (tu empleador o empleadora deberá realizar tu afiliación). Es tu empleador quien debe completar el aviso de iniciación de servicios en la Sucursal Virtual de Empleadores o PreviRed.com.

¿Cómo se Financia el Seguro de Cesantía?

El Seguro de Cesantía se financia con el 3% de las remuneraciones imponibles de cada afiliado(a). Cada afiliado o afiliada a la AFC tiene una Cuenta Individual de Cesantía (CIC), que se financia con el 3% de sus remuneraciones imponibles. Si quedas cesante podrás retirar el dinero en giros mensuales.

Requisitos para Acceder al Seguro de Cesantía

Estar cesante. Sus cotizaciones se cuentan desde que se afilió o desde su último cobro del Seguro hasta el mes en que terminó su trabajo. Pueden ser seguidas o no, y pagadas por uno o varios empleadores.

  • Tener 10 cotizaciones pagadas en los 24 meses previos al despido. Deben estar pagadas y registradas antes de la fecha de término de contrato.
  • Las cotizaciones se cuentan desde la afiliación o último cobro del seguro hasta el mes de término de la relación laboral.

Causales de Término de Contrato que Permiten Acceder al Seguro

Algunas de las causales de término de contrato que permiten acceder al Seguro de Cesantía son:

  1. Vencimiento del plazo convenido en el contrato (Art. ).
  2. Conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato (Art. ).
  3. Ajustes por necesidades de la empresa (Art. ).
  4. Caso fortuito o fuerza mayor (Art. ).
  5. Necesidades de la empresa (Art. ).
  6. Quiebra del empleador (Art. ).

¿Cómo Solicitar el Seguro de Cesantía?

Si cumple con los requisitos, solicite su Seguro de Cesantía en la Sucursal Virtual de afiliados. Pide el beneficio en la Sucursal Virtual de AFC, con tu RUN y clave de acceso AFC o ClaveÚnica. También puedes hacer tu solicitud de manera presencial. Ingresa a la Sucursal Virtual de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), con tu RUN y clave de acceso AFC, o con tu ClaveÚnica. Si no la tienes, pídela. Hazlo en la Sucursal Virtual de la AFC, con tu RUN y ClaveÚnica o clave de la AFC.

Importante: si tu jornada era parcial, junto al documento que pone término a la relación de trabajo debes presentar tu contrato para verificar las horas pactadas.

Si no puede tramitar su Seguro de Cesantía personalmente, es posible otorgar un mandato notarial a un tercero para que lo gestione a su nombre.

Fondo de Cesantía Solidario (FCS)

Es muy importante que, al momento de tramitar su Seguro de Cesantía, revise si cumple con los requisitos para acceder al Fondo de Cesantía Solidario. Es un fondo común, propiedad de todos(as) los(as) afiliados(as) de AFC Chile. Para hacer uso de él, se debe contar con 10 cotizaciones pagadas. Una persona puede acceder hasta 10 pagos del Fondo de Cesantía Solidario en cinco años.

Si luego de ese periodo sigues cesante, podrás recibir dos giros adicionales cuando la tasa de desempleo nacional informada por el Instituto Nacional de Estadísticas (INE) supere en un 1% a la tasa promedio de desempleo de los últimos cuatro años.

Se habla de alta cesantía cuando ocurre la siguiente situación: la Tasa Nacional de Desempleo supera en un 1% la tasa promedio de los últimos 4 años. En estos casos, si permanece cesante y ya recibió todos sus pagos del FCS, podría cobrar 2 pagos adicionales.

Subsidio de Cesantía

Si no reúnes los requisitos para acceder al seguro, pueden solicitar el Subsidio de Cesantía, que paga el Instituto de Previsión Social (IPS) o las cajas de compensación.

Beneficios Adicionales

El beneficio del Seguro de Lagunas Previsionales que contempla el pago de cotizaciones mientras se esté recibiendo el Seguro de Cesantía, con financiamiento de la Cuenta Individual, está disponible desde el 1 de mayo de 2025, según la ley.

Excepción para Trabajadores de Casa Particular (TCP) Pensionados

Existe una única excepción a lo anteriormente señalado, cuando la persona afiliada y pensionada es trabajador(a) de casa particular (TCP). En este caso y, tras el retiro de sus fondos por pensión, el o la TCP que continúa sus labores puede ser beneficiario(a) activo(a) del Seguro de Cesantía. De todas formas, si cuentas con alguna de estas pensiones y estás sin trabajo, puedes acceder a tus beneficios como persona trabajadora cesante afiliada al Seguro de Cesantía.

Información para Empleadores

Si tiene trabajadores que cumplen 11 años de relación laboral, debe informar a AFC para realizar el ajuste en el pago de las cotizaciones y evitar pagos en exceso. 11 años por cada relación laboral, cumplido con la cotización N°133. Ingrese a la Sucursal Virtual de empleadores con su Rut y clave en “Mis trámites” acceda a “Servicio”: Regularización de cuentas del trabajador, “Motivo”: Cumplimiento de 11 años de trabajador. Esta situación significa que usted, como empleador, no debe realizar cotizaciones a una persona en esta situación y así evitar pagos inconsistentes.

Bolsa Nacional de Empleo (BNE)

Debe completar su perfil en www.bne.cl y aceptar oportunidades laborales y de capacitación. Bolsa Nacional de Empleo (BNE): debe tener activa su cuenta en la BNE y aceptar oportunidades laborales y de capacitación. Una vez que reciba el correo de BNE, active su cuenta dentro de 96 horas. Recibirá ofertas laborales y de capacitación en su correo electrónico o SMS.

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